La Constitución española bajo mínimos…


NO TE PIERDAS ESTE VIDEO. Algunas conductas impropias dentro de la Administración de Justicia nos hacen pensar que este servicio público ha tocado fondo, el problema es que los valores constitucionales que tiene confiados pueden perecer para muchos ciudadanos acogidos a nuestra Constitución con independencia de que sean españoles o extranjeros. Ya no importa si es un magistrado, un juez o el secretario del juzgado el que tira la toalla, y con ella convierte en papel mojado nuestros derechos más básicos, el problema es que con cada nuevo ataque nuestra Constitución pierde contenido, y no hay que olvidar que refleja el pacto histórico de todos los españoles, un pacto que se debe renovar cada día, si pierde vigencia ya podemos despedirnos del equilibrio entre derechos y obligaciones, de la paz social y la seguridad jurídica, en ese caso ¿quién podrá defender todos los valores involucrados en el pacto social que dió origen a nuestro estado de derecho?

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Propuesta de reforma legal para el cumplimiento … de las leyes

NO TE PIERDAS ESTE VIDEO.
Los juzgados de Valencia alertan de la falta de papel oficial en que cursar sus oficios, providencias y requerimientos … Un grupo de juristas al mismo tiempo lanza un manifiesto en que denuncia que el negocio de algunas clínicas se basa en un sistemático fraude de ley, sin entrar en el fondo del asunto y al margen de las opiniones que cada cual pueda tener sigue siendo chocante que en nuestro país haya que iniciar una complicada lucha legal para conseguir … que se cumpla la ley.

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Despido y diccionario

NO TE PIERDAS ESTE VIDEO. El despido disciplinario que se basa en que el “superior” reciba la calificación de “hijo de puta” no es aceptable para el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y esto porque en el habla coloquial este término por su sobreabundancia ha perdido su capacidad de ofender. Y si no hay ofensa verbal no hay motivo para el despido disciplinario tal y como señala el art. 56 del Estatuto de los Trabajadores. Es una aplicación de la jurisprudencia progresiva que trata de casar la realidad social evolutiva con las leyes que por fuerza son más estáticas y hay que reinterpretar continuamente. En fin, estemos o no de acuerdo con la sentencia es un esfuerzo interesante por adaptarse a la realidad. No en vano la Real Academia de la Lengua revisa anualmente los términos aceptables en su diccionario oficial.


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PRIVADOS DE AUTORIDAD

NO TE PIERDAS ESTE VIDEO. La última “ocurrencia” del ejecutivo madrileño que tiene visos de ser secundada por el poder legislativo autonómico es la de investir de autoridad pública a los profesores y maestros. Se dice que así se devolverá la “autoridad” a los enseñantes.
No tengo claro si esta propuesta de ley alcanzará a cubrir con su manto solamente a los profesores de la pública, o se extenderá a los de los centros concertados, incluso a la enseñanza privada, y en este último caso si los que enseñan en las academias privadas o en las autoescuelas también podrán presumir de ser “autoridad pública”.
La autoridad con letras mayúsculas no se puede decretar, y a pesar de lo que certifique la administración es algo que se gana a pulso, día a día, y que solamente se reconoce en cada gesto y en una relación forzosamente interpersonal.

El fracaso de los “reformatorios” para jóvenes en la comunidad madrileña, denunciados reiteradamente por el Defensor del Pueblo demuestran que una sabia administración de la violencia y la coacción contra los menores sirven … para nada.
Por otro lado la irresponsabilidad penal de los menores de edad combinada con la autoridad pública (reconocida por el estado) pueden producir situaciones de gran frustración. ¿Estamos dando a los niños y a los jóvenes lo que merecen y demanda una sociedad democrática en un estado que se proclama como social y de derecho?

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¿asesinato u homicidio?

¿asesinato u homicidio?

NO TE PIERDAS ESTE VIDEO. La diferencia entre la calificación de la muerte de una persona con uno u otro tiene consecuencias inmediatas en la pena que corresponde aplicar. Es lógico que la defensa del reo intente respaldar la tésis del homicidio y subrayar lo que de impulsivo tuvieron los hechos, y por otro lado es propio de la acusación tratar de construir un relato de los hechos en que se pueda acreditar la alevosía del causante de la muerte, basándo la misma en la imposibilidad de defensa, en lo premeditado de la acción o en las motivaciones racistas del agresor.



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Alquiler de habitaciones en vivienda compartida

NO TE PIERDAS ESTE VIDEO. El arrendatario con derecho a subarrendar puede ejercer este derecho alquilando habitaciones de la vivienda, pero este subarrendamiento esta sometido a la LAU. Aquí nos referimos más bien al fenómeno del propietario de una vivienda que alquila alguna o algunas habitaciones de su propia vivienda habitual, buscando una salida económica en compartir con terceros la vivienda que posee. Este tipo de arrendamiento no está regulado por la ley, nunca se insistirá por tanto lo suficiente en la necesidad de reflejar los derechos y obligaciones de las partes en un contrato escrito bien redactado que evite futuros problemas y facilite soluciones asequibles en caso de ser necesario. Aquí la autonomía de la voluntad de las partes es soberana y no hay obstáculos para que se incluya una cláusula arbitral para el caso de conflictos sobre la interpretación o cumplimiento del contrato.

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Errores médicos y responsabilidad de la administración

No te pierdas este video. Las aseguradoras privadas están tratando de limitar las indemnizaciones por los siniestros, lo hacen siempre y en la situación actual han redoblado sus esfuerzos. Llama la atención sin embargo que la administración pública sea renuente a asumir su responsabilidad, de esta forma uno de sus empleados es víctima a la vez de un accidente laboral y de “las vacas flacas”. La indemnización que sólo alcanza a los familiares de los fallecidos tiene mucho de insuficiente.

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JURADO IM-POPULAR

La verdad es que la ley del jurado en España no ha tenido suerte, no ha sido bien recibida por los jueces que debían colaborar en su aplicación y tampoco ha sido bien entendida por la sociedad española en general, como lo demuestran los comentarios que suelen hacerse a su implementación.
Estos prejuicios se deben sin duda a la desinformación y a la falta de cultura democrática, el derecho a ser juzgado por sus iguales es uno de los primeros que la revolución inglesa puso sobre la palestra en un proceso de constitucionalización no escrita que resulta en muchos aspectos modélico. Hemos comentado en esta sección ya algunas extrañas sentencias pronunciadas por jueces profesionales a los que la desconexión con la realidad social de su tiempo lleva por los caminos del extrañamiento y alejamiento de una ciudadanía a la que deben servir. Porque en realidad la ley en una sociedad democrática es (o debiera ser) la expresión de la voluntad popular, y así las sentencias.
Un grupo heterogéneo de ciudadanos con sentido común y libres de prejuicios tienen en mi opinión muchas mas posibilidades de acertar con su decisión que unos jueces profesionales, al menos en las cuestiones que la ley del jurado reserva a la decisión y estudio de los mismos. En todo caso ser miembro del jurado más allá de cobrar los 67 euros al día que la noticia recoge es como el ejercicio del derecho al voto, o la participación en una consulta o referéndum, una expresión elevada de la mejor experiencia democrática, el ejercicio más sano de la soberanía popular.




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pension de viudedad

Objetivo declarado : impedir matrimonios de conveniencia

La resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia Vasco recuerda que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias del 18 de enero de 2008 apuntaba que “el matrimonio y la convivencia matrimonial no son situaciones equivalentes, siendo posible que el legislador, dentro de su amplísima libertad de decisión, deduzca consecuencias razonables de la diferente situación de partida”.

Nop podemos compartir la opinión expresada por el magistrado ponente en cuanto a que afirma que, “si el legislador extiende a las parejas de hecho la posibilidad de obtener una prestación de viudedad, también puede no hacerlo, o acordarlo con una serie de exigencias, sin que ninguna de estas varias posibilidades, en caso de ser adoptadas por el legislador, vulnere derecho constitucional alguno”.


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Ideal.es

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