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	<title>El blog de la declaración de la renta</title>
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		<title>BORRADOR DECLARACIÓN DE LA RENTA 2013</title>
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		<pubDate>Fri, 01 Mar 2013 09:57:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redflysanta</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Borrador de la renta]]></category>
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		<description><![CDATA[El borrador de la declaración de la renta 2013 nos permite cumplir con el trámite del IRPF en pocos minutos. Hacienda confecciona el borrador de la declaración de la renta con todos los datos fiscales que nuestro pagador y el banco donde tenemos las cuentas aportan, por lo que, a priori, debe estar correcto. No]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El<a href="http://www.rentairpf.com/borrador-renta/borrador-declaracion-renta-2013/" rel="nofollow"> borrador de la declaración de la renta 2013</a> nos permite cumplir con el trámite del IRPF en pocos minutos. Hacienda confecciona el borrador de la declaración de la renta con todos los datos fiscales que nuestro pagador y el banco donde tenemos las cuentas aportan, por lo que, a priori, debe estar correcto.</p>
<p>No obstante, puede suceder que algún dato esté erróneo o simplemente que hayan acaecido acontecimientos en el año no recogidos por Hacienda (por ejemplo, nacimiento de un hijo o una adopción) que afecta al resultado de nuestro IRPF porque nos podremos deducir conceptos no incluidos en el borrador. Por eso, es muy importante revisar todos los apartados de la declaración antes de confirmar el borrador.</p>
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		<title>Estado de la devolución de la renta 2012</title>
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		<pubDate>Wed, 25 Apr 2012 11:29:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redflysanta</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Devolución renta]]></category>
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		<post_tag><![CDATA[Renta 2012]]></post_tag>

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		<description><![CDATA[Desde el 12 de Abril podemos consultar el estado de la devolución de la declaración de la renta 2012. Realizar la consulta es muy fácil. Sólo tenemos que entrar en la web de la Agencia Tributaria y encontraremos un enlace directo para poder conocer en qué estado está nuestra declaración de la renta. Si preferimos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Desde el 12 de Abril podemos <strong>consultar el estado de la devolución de la declaración de la renta 2012</strong>. Realizar la consulta es muy fácil. Sólo tenemos que entrar en la web de la Agencia Tributaria y encontraremos un enlace directo para poder conocer en qué estado está nuestra declaración de la renta.</p>
<p>Si preferimos hacerlo por teléfono, tenemos a nuestra disposición un servicio que funciona de manera permanente, donde, después de introducir nuestro DNI sin la letra y el importe que nos tienen que devolver sin decimales, nos darán respuesta a nuestra <strong>consulta sobre el estado de la devolución del IRPF 2012</strong>.</p>
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		<title>Solicitar borrador declaración de la renta 2012</title>
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		<pubDate>Sat, 17 Mar 2012 23:14:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redflysanta</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Borrador de la renta]]></category>
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		<description><![CDATA[Si el año pasado, en nuestra declaración, marcamos la opción envío de borrador, no tendremos que preocuparnos de que nos lo hagan llegar. Hacienda nos enviará el borrador tan pronto se inicie la campaña de la renta. Pero si no marcamos esa casilla, o si llegado el día 10 de Abril, no lo podemos visualizar]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si el año pasado, en nuestra declaración, marcamos la opción envío de borrador, no tendremos que preocuparnos de que nos lo hagan llegar. Hacienda nos enviará el borrador tan pronto se inicie la campaña de la renta.</p>
<p>Pero si no marcamos esa casilla, o si llegado el día 10 de Abril, no lo podemos visualizar por la web, podemos solicitarlo. Para <a title="Solicitar borrador renta 2012" href="http://www.ladeclaraciondelarenta.com/borrador-renta/solicitar-borrador-renta-2012/" rel="nofollow">solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012</a> tendremos que entrar en la Sede Electrónica de la página de la Agencia Tributaria y realizar la petición. En breve, nos mandarán por sms un número de referencia para que podamos consultar el borrador.</p>
<p>Si no disponemos de conexión a internet, podemos <strong>solicitar el borrador de la declaración de la renta 2012</strong> por teléfono o en cualquiera de las oficinas de Hacienda.</p>
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		<title>Deducción por alquiler en la declaración de la renta</title>
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		<pubDate>Wed, 15 Feb 2012 21:34:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redflysanta</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Deducciones]]></category>
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		<description><![CDATA[Otro concepto por el que podremos deducirnos en la declaración de la renta es por alquiler de vivienda si vivimos en una vivienda alquilada. No podemos deducirnos por viviendas que alquilemos de forma esporádica. La deducción por alquiler en la declaración de la renta sólo la podremos aplicar sobre la vivienda habitual. La deducción por]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Otro concepto por el que podremos deducirnos en la declaración de la renta es por alquiler de vivienda si vivimos en una vivienda alquilada.</p>
<p>No podemos deducirnos por viviendas que alquilemos de forma esporádica. La <a title="Deducción por alquiler en la declaración de la renta" href="http://www.ladeclaraciondelarenta.com/deducciones-renta/deduccion-alquiler-declaracion-renta/" rel="nofollow">deducción por alquiler en la declaración de la renta</a> sólo la podremos aplicar sobre la vivienda habitual.</p>
<p>La deducción por alquiler tiene un límite y siempre que nuestra base imponible sea inferior a 24.107, 20 euros podremos deducirnos el 10,05 % de lo que hayamos pagado por el alquiler.</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Deducción por compra de vivienda habitual</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Jan 2012 21:55:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>redflysanta</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[Deducciones]]></category>
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		<description><![CDATA[Después del paréntesis en la deducción por compra de vivienda habitual en la declaración de la renta del año pasado, para la campaña de este año vuelve a estar vigente con carácter retroactivo con los requisitos de años anteriores. Así, quien haya comprado una vivienda a partir del 1 de Enero de 2.011 puede desgravarse]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Después del paréntesis en la <strong>deducción por compra de vivienda habitual en la declaración de la renta</strong> del año pasado, para la campaña de este año vuelve a estar vigente con carácter retroactivo con los requisitos de años anteriores. Así, quien haya comprado una vivienda a partir del 1 de Enero de 2.011 puede desgravarse el 15 % de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros. Este límite opera tanto para declaraciones individuales como para conjuntas. Es decir, en caso de declaración conjunta el límite no se duplica.</p>
<p>Dentro de los conceptos que nos podemos deducir están los de Notaría, Hacienda y Registro de la compraventa y el préstamo hipotecario, la amortización y los intereses del préstamo hipotecario que hemos solicitado, e incluso las primas de los seguros de vida y hogar que nos hayan obligado a contratar junto con la hipoteca.</p>
<p>Esta deducción sólo opera en caso de compra de vivienda habitual, entendiéndose por tal a los efectos de practicarse la deducción aquella en la que el contribuyente vive de manera continuada durante 3 años desde la fecha de la compra y que tarde en habitarla menos de doce meses desde que la adquirió.</p>
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