ABOGADO ACCIDENTE MALAGA

¿Quien no tiene un conocido que haya sufrido un accidente de tráfico?.

Todos los que lean este post, realmente todos, tenemos un familiar o un conocido que ha tenido un accidente de tráfico. Seguramente, dicen las estadísticas, no sepamos contestar la la pregunta de si sabemos como actuar frente a ello.

Como abogados accidente Málaga, Torremolinos, voy a tratar de describir un concepto esencial que son los papeles que juegan tanto el lesionado como las Compañías de Seguros tras un accidente de tráfico Málaga, Torremolinos. El cumplimiento de las obligaciones que se derivan de un contrato, es decir lo que debería ser una simple tramitación de las obligaciones que devienen de un contrato de seguro se torna en una práctica compleja en contra de las compañías de seguros para que cumplan lo que por contrato les corresponde. RINBER Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

Su postura, clara. Todo lo que no se pague es ahorro y por tanto beneficio objetivo. En www.abogadosmalaga.com Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos puede asegurarle que si la compañía de seguros le ofrece 3 es porque le corresponde a ud. una indemnización de 5, RINBER le consigue 5.

A la hora de percibir una indemnización por accidente de tráfico justa, son necesarios tres valores, la Información, valoración y cuantificación.>Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos

Como abogado especialista en accidentes de tráfico, entiendo que la víctima de un accidente de tráfico o de un accidente de trabajo tiene derecho a ser indemnizada por los daños personales sufridos, ya sea la incapacidad permanente provocada por las secuelas, por la que se indemniza directamente a la víctima, o su falleciemiento, por el que se indemniza a sus familiares. También los días que esté de baja dan derecho a indemnización. RINBER Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos
Las cantidades que se pueden percibir como indemnización son muy variables, pues dependen de muchos factores: la gravedad de la lesión, las circunstancias personales y familiares de la víctima, sus ingresos…

También dependerá de si aceptamos la oferta, que nos haga la compañía de seguros que tiene la obligación de pagar la indemnización por accidente de tráfico o accidente de trabajo, o por el contrario LUCHAMOS POR LA VERDADERA INDEMNIZACION QUE NOS CORRESPONDE. Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

Por mi experiencia como abogado especialista en accidentes puedo afirmar sin equivocarme que las compañías aseguradoras ofrecen hasta un 50% menos de la indemnización por accidente que realmente le corresponde al lesionado. Abogados accidente de tráfico Málaga

Bien por necesidad, bien por desconocimento o por cualquier otra circunstancia, los lesionados aceptan ofertas que distan mucho de lo que por derecho le corresponde. RINBER Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos, 

En cualquier caso, abogo por que cualquier implicado en un accidente de tráfico se informe de cuales son sus derechos antes de aceptar cualquier oferta que el hagan. Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

ABOGADOS ACCIDENTE DE TRAFICO MALAGA Y TORREMOLINOS

Todos, realmente todos, tenemos un familiar o un conocido que ha tenido un accidente de tráfico. Seguramente, dicen las estadísticas, no sepamos contestar la la pregunta de si sabemos como actuar frente a ello.

Como abogados accidente Málaga, Torremolinos, voy a tratar de describir un concepto esencial que son los papeles que juegan tanto el lesionado como las Compañías de Seguros tras un accidente de tráfico Málaga, Torremolinos. El cumplimiento de las obligaciones que se derivan de un contrato, es decir lo que debería ser una simple tramitación de las obligaciones que devienen de un contrato de seguro se torna en una práctica compleja en contra de las compañías de seguros para que cumplan lo que por contrato les corresponde. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

Su postura, clara. Todo lo que no se pague es ahorro y por tanto beneficio objetivo. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos puede asegurarle que si la compañía de seguros le ofrece 3 es porque le corresponde a ud. una indemnización de 5.  INDEMNIZACLICK le consigue 5.

A la hora de percibir una indemnización por accidente de tráfico justa, son necesarios tres valores, la Información, valoración y cuantificación. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos

Como abogado especialista en accidentes de tráfico, entiendo que la víctima de un accidente de tráfico o de un accidente de trabajo tiene derecho a ser indemnizada por los daños personales sufridos, ya sea la incapacidad permanente provocada por las secuelas, por la que se indemniza directamente a la víctima, o su falleciemiento, por el que se indemniza a sus familiares. También los días que esté de baja dan derecho a indemnización. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos
Las cantidades que se pueden percibir como indemnización son muy variables, pues dependen de muchos factores: la gravedad de la lesión, las circunstancias personales y familiares de la víctima, sus ingresos…

También dependerá de si aceptamos la oferta, que nos haga la compañía de seguros que tiene la obligación de pagar la indemnización por accidente de tráfico o accidente de trabajo, o por el contrario LUCHAMOS POR LA VERDADERA INDEMNIZACION QUE NOS CORRESPONDE. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

Por mi experiencia como abogado especialista en accidentes puedo afirmar sin equivocarme que las compañías aseguradoras ofrecen hasta un 50% menos de la indemnización por accidente que realmente le corresponde al lesionado. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga

Bien por necesidad, bien por desconocimento o por cualquier otra circunstancia, los lesionados aceptan ofertas que distan mucho de lo que por derecho le corresponde. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos, 

En cualquier caso, abogo por que cualquier implicado en un accidente de tráfico se informe de cuales son sus derechos antes de aceptar cualquier oferta que el hagan. INDEMNIZACLICK Abogados accidente de tráfico Málaga, Torremolinos,

DOBLE VENTA ABOGADO COMPRAVENTA MALAGA

Es un tema recurrente en nuestros Juzgados y Tribunales: qué hacer ante una doble venta. Es decir, cuando se ha vendido dos veces un mismo inmueble. Y sin ánimo de aventurarnos en qué diferencias existen entre venta de cosa ajena y doble venta (en especial por la consumación de la compraventa con entrega de precio e inmueble), el supuesto de hecho que os traemos es el de la sentencia del TS de fecha 11 de febrero de 2011, que inaplica lo dispuesto en el art. 1.473 del Código Civil (en casos de dobles ventas tiene preferencia el que primero accede al Registro de la Propiedad).

D. Arsenio vendió varias fincas en documento privado en el año 2001 a una sociedad, sin que se transmitiera la posesión. Posteriormente dicho Sr. vuelve a vender las mismas propiedades a una tercera persona, año 2002, si bien esta vez se hace en escritura pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad.

La primera sociedad insta demanda judicial solicitando la nulidad de la segunda compraventa, y la eficacia de la suya, además de la cancelación del asiento practicado en el Registro de la Propiedad. El TS califica dicha situación como un supuesto de doble venta, y por tanto aplicable el art. 1.473 del CC, el que daría preferencia a la segunda por haberse inscrito en el Registro de la Propiedad. Sin embargo el TS considera que lo anterior no exime de la exigencia de la buena fe en el adquiriente en relación con lo dispuesto en el art. 34 de la Ley Hipotecaria.

Partiendo de la base de que el 2º comprador tenía constancia, conocimiento, de que la situación registral no era correcta, y por tanto no puede alegar ignorancia respecto a que el vendedor no era su legítimo dueño, se determina dar preferencia al primer contrato, anulando la 2ª escritura pública y su inscripción.

ABOGADOS TRIBUNAL DEL JURADO. SENTENCIA ABSOLUTORIA

Otro caso más de éxito que celebrar con nuestros lectores. El Departamento de Abogados del Tribunal del Jurado de RINBER abogados ha conseguido un nuevo caso de éxito. El Fical pedía cinco años de cárcel y ocho de inhabilitación y RINBER Abogados del Tribunal del Jurado ha conseguido que finalmente sea absuelto.

ABOGADO TRIBUNAL JURADO. Un jurado juzgará a un empleado de Marbella que malversó 58.000 euros.

El diario la opinión de Málaga publicó la siguiente noticia: “Un jurado popular juzgará a un administrativo del Ayuntamiento de Marbella que malversó presuntamente 58.105 euros procedentes de impuestos que no hizo constar en el ordenador. Según el fiscal, hizo suya esa suma, aunque luego la devolvió por completo. En total, el ministerio público pide para él cinco años de cárcel y ocho de inhabilitación”.

Desde RINBER abogados Tribunal del Jurado, especialistas en asuntos ante el Tribunal del Jurado, nos congratulamos en comunicar que nuestro cliente ha sido absuelto por 9 votos a favor y 0 en contra.

Como no puede ser de otra manera RINBER abogados Tribunal del Jurado en estamos muy contentos por este nuevo éxito profesional que pone de manifiesto los valores de nuestra firma.

Un saludo a todos RINBER abogados Tribunal del Jurado.

ABOGADO TRIBUNAL DEL JURADO. FUNCIONARIO ABSUELTO DE LA SOLICITUD DE 5 AÑOS DE PRISION. RINBER ABOGADOS ESPECIALISTAS EN EL TRIBUNAL DEL JURADO

RINBER ABOGADOS

DIVORCIOS ANTEQUERA. ABOGADOS DIVORCIO ANTEQUERA MUTUO ACUERDO. ABOGADO DIVORCIO CONTENCIOSO ANTEQUERA

ABOGADOS DIVORCIOS ANTEQUERA

Muchos años han pasado desde la entrada en vigor de la ley del divorcio. No obtante es cierto que aún existen dudas entre las dos figuras principales que se indicaron en el antes citado texto legal. La separación matrimonial y el divorcio.

ABOGADOS DIVORCIOS ANTEQUERA

La diferencia fundamental es que si bien en la separación no existe la ruptura del vinculo matrimonial, es como una parada temporal, en el divorcio si.

Tambien existen errores de concepto entre el DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO FRENTE A UN CONTENCIOSO Y SUS DIFERENCIAS FUNDAMENTALES.

1.- ¿Qué es el Divorcio?

El divorcio es una de las formas mediante las que puede disolverse el vínculo matrimonial; se da por roto el vínculo que unía a los cónyuges de un matrimonio válidamente celebrado. Las otras formas de disolución de ese vínculo matrimonial son, la muerte y la declaración de fallecimiento.

Las características esenciales del proceso de divorcio en España son: la no necesidad de fundar la decisión de romper el vínculo matrimonial en causa alguna; la necesidad de intervención judicial para deshacer el vínculo matrimonial; basta con que hubiese transcurrido un mínimo de 3 meses desde la celebración del matrimonio. No cabe el divorcio de hecho, es necesaria una sentencia que declare el matrimonio disuelto.

2.- ¿Quién Puede Solicitar el divorcio?.

El divorcio, puede ser solicitado por:

Ambos cónyuges o uno de ellos con el consentimiento del otro. Junto a la demanda de separación habrá de presentarse una propuesta de convenio regulador. En este caso, nos encontraríamos ante un supuesto de divorcio de mutuo acuerdo.

También puede ser solicitada por uno de los cónyuges, de forma unilateral. En este caso, nos encontraríamos ante un supuesto de divorcio contencioso.

3.- ¿Qué es el convenio regulador y que contenido debe de tener?
Existen determinadas cuestiones al respecto de las cuales es necesario establecer un marco de actuación en un proceso de separación, nulidad o divorcio. Habrá que determinar la manera en que se regularán asuntos tan relevantes como la custodia de los hijos comunes o el uso de la vivienda familiar, etc., dada la importancia de los mismos.

El convenio regulador es una de las vías a través de las que se regulan estos aspectos puesto que permite establecer el marco mediante el que se regularán las relaciones de los cónyuges tras la separación, nulidad o divorcio. Las normas civiles permiten bastante autonomía de la voluntad en la regulación de las relaciones de las partes tras la nueva situación. Por ello, antes o durante la tramitación del procedimiento pueden pactar la mayoría de los aspectos de la misma. Los cónyuges pueden acordar cuál es la pensión a pagar, con quién se quedan los niños, cual es el régimen de visitas, quien seguirá disfrutando de la vivienda familiar, etc.

En los procedimientos de separación o divorcio de mutuo acuerdo el convenio regulador se convierte en un requisito imprescindible que debe acompañar a la presentación de la demanda. Este convenio permite una cierta libertad de pacto entre los cónyuges, pero sólo llegará a ser vinculante si el Juez, una vez comprobada su legalidad, lo incluye en la sentencia. De lo contrario, el Juez suplirá las carencias del convenio presentado por los cónyuges, tras ofrecerles la posibilidad de modificarlo.

En los casos en que no se realiza la aportación de un convenio regulador, (separación y divorcios contenciosos y nulidad) será el Juez, en la sentencia, el que establezca todas las normas que regularán la relación entre los cónyuges (con quién se quedan los niños, cual es el régimen de visitas, quién seguirá disfrutando de la vivienda familiar, etc.), si bien ha de tenerse en cuenta la posibilidad de que los cónyuges, en los procedimientos contenciosos de separación y divorcio y en el de nulidad matrimonial, en la propia celebración del juicio, sometan a la aprobación del Juez los acuerdos a los que hubieren llegado sobre las consecuencias que tendrá la nulidad, separación o divorcio, en la propia celebración del juicio.

El contenido debe referirse, al menos, a los siguientes aspectos:

- Quién disfrutará del uso de la vivienda y del ajuar familiar.

- Quién se quedará a cargo de los hijos comunes, cómo se desarrollará el ejercicio de la patria potestad (conjunto de derechos y deberes de los padres para con los hijos), el régimen de visitas y las comunicaciones y estancias con los hijos.

- El régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, si el establecimiento de dicho régimen se considera necesario.

- Cómo se contribuirá a las cargas del matrimonio (Pensiones de alimentos para los hijos menores de edad; para los mayores de edad; los gastos derivados de la vivienda familiar, etc.).

- La liquidación, si procede, del régimen económico del matrimonio.

- La pensión que, en su caso deberá pagar un cónyuge a otro.

El convenio regulador, o las medidas adoptadas por el Juez en su defecto, podrán ser modificados judicialmente con posterioridad si cambian las circunstancias que fueron determinantes a la hora de su adopción, a través del denominado “incidente de modificación de medidas”. ABOGADOS DIVORCIOS ANTEQUERA

4.- ¿De qué forma se puede plantear un divorcio? ABOGADOS DIVORCIOS ANTEQUERA
De mutuo acuerdo: por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro

De forma contenciosa: por uno de los cónyuges unilateralmente.

5.- ¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar el divorcio de mutuo acuerdo o consensual?
El requisito básico para proceder a este tipo de divorcio es que ambos cónyuges estén de acuerdo en deshacer el vínculo que los une y que así lo soliciten al Juzgado y que hubiesen transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio. Esa solicitud, denominada “demanda de divorcio”, es un escrito dirigido al Juzgado en el que solicitan la ruptura del vínculo matrimonial los dos cónyuges conjuntamente o solamente uno, y el otro se adhiere posteriormente a esa petición. Como ya se ha señalado. Otro requisito imprescindible consiste en que se presente junto con la demanda de divorcio una propuesta de convenio regulador.

Desde rinber abogados recomendamos que cualquier duda consulte con un abogado especialista en derecho de familia o abogado matrimonialista.

ABOGADOS DIVORCIOS ANTEQUERA

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JUZGADOS MALAGA, TELEFONO JUZGADO DE MALAGA, DIRECCION

DESDE RINBER ABOGADOS LES FACILITAMOS LOS TELEFONOS DE LOS JUZGADOS DE MALAGA;

Información

951 93 90 00

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Centralita

951 93 80 00

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Dirección

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Decanato

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Registro Decanato

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Servicio Común Actos Comunicación

951 93 90 03

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Instituto de Medicina legal

951 93 85 00/01

951 93 85 02

Servicio Atención a las Víctimas And.

951 93 90 05

951 93 91 05

Servicio Orientación Jurídica

951 93 80 75

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Colegio de Abogados

951 93 80 76

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Colegio de Procuradores

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Colegio Graduados Sociales

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Registro Civil

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Juzgado de Guardia (Juicios Rápidos)

951 93 90 07

951 93 91 07

Juzgado de Guardia (Detenidos)

951 93 90 08

951 93 91 08

Juzgado de Guardia (Incidencias)

951 93 90 09

951 93 91 09

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ABOGADOS ANTEQUERA ACCIDENTE DE TRAFICO ANTEQUERA. ¿QUE HACER ANTE UN ACCIDENTE DE TRAFICO?

ABOGADOS ANTEQUERA ACCIDENTE DE TRAFICO ANTEQUERA. ¿QUE HACER ANTE UN ACCIDENTE DE TRAFICO?. ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

Fácil pregunta, dificil respuesta.

Este post podría pensarse para niños de escuela, pero nada más lejos de la realidad. Desde rinber abogados queremos aportar nuestro granito de arena al saber que hacer cuando, desgraciadamente, tenemos un accidente de tráfico.

Como abogado especialista en accidentes de tráfico, voy a tratar de dejar unas nociones básicas que puedan ayudar a todos a actuar de manera correcta cuando tenemos un accidente de tráfico. ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

Si en el accidente de tráfico hay lesionados graves; ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

lo primero será avisar a la ambulancia o servicios sanitarios para que actúen lo más rápido que puedan. Mientras ésto sucede, mantener la calma. Es básico no mover a los heridos en el accidente de tráfico pues nuestra buena intención puede acarrearle una agravación de las lesiones consecuencia del accidente de tráfico.

Para el resto de accidente de tráfico, sin lesionados o con lesionados de menor consideración, es necesario tomar las siguientes medidas: ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

Avisar a la policía local o guardia civil para que intervenga en el accidente de tráfico y se complete el correpondiente atestado, también conocidas como diligencias a prevención. En el atestado del accidente de tráfico se recogerán las incidencias del accidente de tráfico.
ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

Rellenar en su totalidad el parte amistoso del accidente de tráfico y firmarlo. Este partes amistoso es necesario comunicárselo a la compañía de seguros de todas las partes implicadas en el accidente de tráfico.

Todos estos elementos son necesarios para facilitar quien fue el causante del accidente de tráfico y por tanto responsable de los daños personales y materiales que en él se ha producido.

Desde rinber abogados y como abogado especialista en accidentes de tráfico, abogado accidente de tráfico Málaga, entiendo que estas breves nociones son de necesario conocimiento. ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ANTEQUERA

SE ACABO VIVIR DE PAPA. UN JUEZ OBLIGA A UN JOVEN DE 25 AÑOS NI NI A MARCHARSE DE SU CASA

EN RINBER ABOGADOS HEMOS RECIBIDO ESTA NOTICIA CON GRAN ESPERANZA.

Un juez de Málaga ha dado un plazo de un mes a un joven de 25 años para abandonar el domicilio de sus padres a los que demandó porque se negaban a darle dinero, aunque le mantenían y le estaban pagando la letra del coche. La sentencia del Juzgado de Familia número 5 considera que el chico puede vivir por su cuenta, ya que tiene edad suficiente para trabajar y además posee conocimientos y habilidades en un sector tan especializado como la inversión en bolsa. No obstante, para no provocarle «una situación repentina de inasistencia», acuerda que los padres les abonen una pensión temporal de 200 euros mensuales durante dos años.
Rafael (nombre ficticio del joven) tiene 25 años. No trabaja y está matriculado en la Facultad de Derecho, aunque con un expediente académico deficiente, ya que solo tiene aprobadas tres asignaturas de toda la carrera. En definitiva, da el perfil de lo que se ha llamado generación ‘ni-ni’, jóvenes mayores de edad que viven con sus padres y que ni estudian ni tienen un empleo.
Además, la convivencia familiar era ya insostenible por el alto grado de tensión y conflictividad que había alcanzado. En este ambiente de hostilidad llegó un momento en que los progenitores se negaron a entregar el dinero que les exigía su hijo. La reacción de éste no se hizo esperar. El joven presentó una demanda en el juzgado en la que exigía a sus padres que le pagaran 400 euros mensuales además de seguir viviendo en el domicilio.
Los padres declararon ante el juez que el chico les maltrataba psicológicamente y les insultaba, lo que en la sentencia se considera acreditado por la declaración de otro hijo. Los progenitores explicaron que el joven no trabajaba, que con 25 años estaba todavía en primer curso de Derecho y que solo había aprobado tres asignaturas. Además, le habían venido manteniendo durante todo este tiempo e incluso le habían comprado un coche por el que estaban pagando 235 euros al mes.
Pensión de 200 euros al mes
Dado que el ambiente ya era muy conflictivo, pidieron al juez que obligara a Rafael a dejar el domicilio, ya que consideraban que podía vivir por su cuenta, argumentando que, incluso, tenía conocimientos en el sector bursátil, al que se había dedicado en alguna ocasión realizando operaciones a corto plazo. No obstante, los progenitores, con tal de acabar con esa situación, mostraron su voluntad de abonarle una pensión temporal de 200 euros durante dos años a su hijo.
El juez ha desestimado las pretensiones de Rafael, al que reprocha su mala conducta y la falta de respeto a sus padres provocando «una convivencia insostenible que no están obligados a soportar». Igualmente la sentencia califica de «inconsistentes» las excusas dadas por el joven para tratar de justificar su deficiente expediente académico alegando que el retraso se debía que sus padres no le habían pagado la matrícula «algún año», excusa que el juez considera «hiriente» teniendo en cuenta el nivel económico de los progenitores, que «son dos trabajadores sin cualificación».
Por todo ello, el magistrado declara el cese de la obligación de alimentos de los padres para con su hijo y le comunica a éste que tiene un plazo de 30 días para recoger todos su efectos personales y abandonar el hogar familiar.
No obstante, atendiendo a la propuesta de los progenitores y para no generar en Rafael «una situación de repentina de inasistencia», acuerda que le abonen temporalmente una pensión de doscientos euros al mes durante dos años.

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CREDITSERVICES PONE CONTRA LAS CUERDAS A SUS EX FRANQUICIADOS. LES RECLAMAN UN MINIMO DE 60000 EUROS

La conocida Franquicia CreditServices ha saltado a las primeras páginas al poner a sus ex franquiciados frente a las cuerdas en una situación económica que no es la mejor.

La famosa enseña credit services ha destapado la caja de pandora. Parece ser que ante la situación actual de crisis económica y falta de recuperación económica ha decidido disparar contra sus ex franquiciados.

Todos los que conocemos el sector de la franquicia y más en concreto las enseñas de intermediación financiera, CREDITSERVICES, sabemos a que se debió su crecimiento y a que su muerte. Únicamente al boom inmobiliario.

En rinber abogados, abogados especialistas en franquicias, hemos tenido conocimiento, previo encargo profesional, que la famosa enseña de intermediación finanaciera, creditservices, está demandando a los ex franquiciados que, según ellos, les adeudan cantidades económicas, el pago de la cláusula penal establecida en el contrato de franquicia de credit services, en su cláusula 20.

Los contratos estudiados de credit services, tienen una cláusula penal de 60.000 €.

De igual manera, hemos podido comprobar que existen contratos de duración de 5 años y de 10.

Mi criterio es que, trás haber valorado el contrato de franquicia de credit services, las cláusulas penales establecidas a modo de adhesión por la franquiciadora creditservices son cuanto menos cuestionables.

ABOGADOS MALAGA. CONCENTRACION DE LOS ABOGADOS DE MALAGA EXIGIENDO SU DERECHO A LA ENTRADA EN EL SISTEMA SANITARIO

En la mañana de hoy, a las puertas del Palacio de Justicia de Teatinos, los Abogados de Málaga nos hemos manifestado como muestra reivindicativa de nuestro derecho al acceso al sistema sanitario y exigir que contemos con las mismas garantías de uso y disfrute de las prestaciones sanitarias y farmacéuticas que el resto de ciudadanos.
Los Abogados tenemos una “clara muestra de discriminación” al carecer de las prestaciones que el Servicio Andaluz de Salud ofrece a todos los ciudadanos.
Más concretamente, los abogados del turno de oficio, prestamos un servicio básico y retribuido por la Junta de Andalucía, ¿Cómo es posible que no tengamos derecho a la sanidad como cualquier ciudadano?
Ahora nos toca defender nuestro propio derecho.

Ideal.es

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